Por decreto, el horario de comercio quedó establecido de 8 a 18

El documento firmado por el intendente, Arturo Rojas, tendrá vigencia desde el día de hoy y hasta tanto dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por el gobierno nacional.El intendente municipal, Arturo Rojas, firmó un nuevo decreto relacionado a la pandemia Coronavirus COVID-19, por el cual se establece que los comercios de nuestro distrito podrán abrir sus puertas desde las 8 de la mañana y hasta las 18 hs.

Según se establece, esto “no implicará un eximente para no dar cumplimiento a los acuerdos a los que pudieren haber arribado las Cámara Comerciales, supermercadistas y los Sindicatos correspondientes, en tanto no implique la violación del horario fijado precedentemente”.

Cabe aclararse que dentro del horario establecido, cada comerciante podrá optar por mantener su local abierto durante las 10 horas de forma corrida o disponer el horario que crea que es el adecuado para su situación comercial. Asimismo, queda exceptuadas de esta disposición las farmacias y estaciones de servicio (expendio de combustibles e insumos del automotor).

“Los restaurantes, pizzería, heladerías, locales de comidas preparadas, locales de comidas rápidas y demás establecimientos que conforme lo establecido por el artículo 2 del Decreto 605/2020, hayan dispuesto la venta de productos a través de servicios de reparto domiciliario (Delivery) solo podrán vender sus productos a través de dicha modalidad y hasta las 23:00 Hs. El personal afectado al servicio de reparto domiciliario deberá dar cumplimiento a todas las normas de bioseguridad dictadas hasta la fecha”, agrega el texto que lleva las firmas del jefe comunal y el secretario de Gobierno, Jorge Martínez.

Además, se estableció que “la Dirección de Control Urbano llevará un Registro donde constaran los datos de interés y nómina del personal afectado a los servicios de reparto domiciliario. Asimismo, emitirá la autorización correspondiente para circular y que pueda ser exhibida ante el requerimiento de la autoridad”.

Por otra parte, añade que “aquellos servicios que pueden considerarse de emergencia durante el aislamiento obligatorio, como casas de repuestos, gomerías, tornerías, cerrajerías, talleres mecánicos, metalúrgicas, lubricentros, pinturerías, corralones y casas de electricidad entre otros, podrán trabajar a puerta cerrada –sin acceso al público- y/o con una guardia publicando un número telefónico”.

Por último, debe indicarse que “los Remises y/o taxis y/o vehículos de alquiler, brindaran el servicio las 24 hs. pudiendo transportar hasta un máximo de dos (2) pasajeros por viaje”.

Se suspenderá el cobro del estacionamiento medido hasta el 31 de marzo próximo y se establece un régimen de horarios para los colectivos urbanos de pasajeros.